El Alto Tribunal
Constitucional señaló que "en este caso en particular prevalece la
garantía del interés superior del menor y con base en ello debe
resolverse la situación migratoria de la mujer", detalló el Poder
Judicial en un comunicado.
SAN JOSE.- Un niño costarricense impidió que su madre, de nacionalidad dominicana,
fuera deportada del país al presentar un recurso de hábeas corpus ante
la sala constitucional de la Corte Suprema, informaron hoy fuentes del
Poder Judicial.
Una portavoz de
la oficina de prensa del Poder Judicial confirmó a Efe que la sentencia
fue emitida el pasado 14 de octubre y ordena a la Dirección de
Migración y Extranjería "tomar las medidas que se encuentren dentro de
su competencia para garantizar el interés superior del menor y procurar
la regularidad migratoria" de la mujer. La
fuente detalló que al tratarse de un menor de edad quien interpuso el
recurso, no se puede revelar la fecha en que fue presentado ni
identidad de la madre. Con este fallo, las
autoridades de Migración deben "abstenerse de deportar o de cualquier
otra forma, separar al niño recurrente de su madre", indicó la sala
constitucional en su fallo. El menor, cuyo
padre es costarricense pero no convive con él, presentó el recurso en
contra la Dirección General de Migración y Extranjería pues su único
sustento es su madre, quien afrontaba un proceso de deportación. De
acuerdo con las autoridades, el niño alegó "que su madre ha sido madre
y padre para él, que nunca ha vivido con su padre y que es ella quien
vela por todas sus necesidades".
La mujer dominicana había solicitado en dos ocasiones la residencia costarricense, pero ésta le ha sido denegada. El
menor señaló que se estaban violentando su derecho a una familia y
pidió al más alto órgano legal costarricense evitar la deportación de
su madre. La Constitución costarricense
establece que toda persona tiene derecho a presentar un recurso de
hábeas corpus o un recurso de amparo, independientemente de su edad o
condición social y sin necesidad de un representante legal. La
ley tampoco exige que estos recursos tengan los requisitos y
formalidades necesarios para otro tipo de procesos, por lo cual, pueden
plantearse incluso escritos a mano, en cualquier tipo de papel y
utilizando un lenguaje no jurídico. Efe
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